¿Son legales las luces auxiliares? ¿Cuándo debo cubrir mis luces al circular por carretera?
septiembre 30 2022
Los faros modernos de las motocicletas casi siempre ofrecen un rendimiento insuficiente, por lo que se necesitan luces auxiliares para garantizar que puedas ver la carretera o el sendero que tienes delante y que los demás puedan verte en el tráfico. En DENALI, creemos en añadir las luces de mejor calidad a tu motocicleta o vehículo side-by-side sin dejar de cumplir la ley. Las normas y regulaciones relativas a las luces auxiliares varían según el estado, el país e incluso el municipio. Es prácticamente imposible explicar todas las leyes estatales que podrían aplicarse a un motociclista concreto en un estado específico, por eso hemos recopilado algunas pautas generales y enlaces que te ayudarán a investigar las leyes aplicables en tu zona.

¿Las luces auxiliares son legales para circular en carretera?
Muchas de las luces del catálogo de DENALI ofrecen certificaciones, como las del DOT y la CEPE, que hacen que nuestras luces sean legales para su uso en carretera en distintas situaciones.
Departamento de Transporte (DOT)
Que una luz cumpla con las normas del DOT significa que la iluminación cumple los requisitos de la sección 108 de las Normas Federales de Seguridad para Vehículos Motorizados. Estas normas regulan el uso de luces en vehículos en Estados Unidos. Para obtener la certificación del DOT, las luces deben cumplir ciertos estándares de vibración, resistencia al agua, resistencia al polvo y rendimiento. Puedes identificar una luz aprobada por el DOT mediante el número SAE que aparece en el lente.
Por ejemplo, la luz antiniebla DENALI D3 anterior cuenta con la aprobación del DOT y la marca E-Mark para uso legal en carretera en los estados donde se aplican las leyes del DOT o de la CEPE.
Certificación E-Mark/CEPE
Cuando las luces cuentan con la aprobación E-mark, significa que han sido aprobadas por la Comisión Económica para Europa (CEPE) para su uso en la Unión Europea. Las luces que cumplen con las normas de la CEPE han sido sometidas a pruebas para garantizar que no deslumbren al tráfico que circula en sentido contrario.

¿Cuándo debo usar cubiertas para las luces de conducción?
En resumen, deben utilizarse cubiertas para las luces cuando la ley lo exija o cuando las condiciones lo justifiquen. En condiciones extremadamente peligrosas, como una tormenta de arena en el desierto, las cubiertas para los lentes resultan útiles para evitar posibles daños en los lentes de las luces.
Además, deben utilizarse cubiertas para las luces cuando la ley lo exija. Muchos estados exigen el uso de cubiertas cuando se instalan luces auxiliares a una distancia determinada de los faros o cuando la cantidad de luces orientadas hacia delante supera el número establecido por la ley.

En la mayoría de los estados y países, las cubiertas de las luces deben ser completamente opacas y cubrir toda la superficie de la lámpara. Las cubiertas opacas impiden que la luz las atraviese (lo contrario de translúcidas). En muchos estados que exigen inspecciones vehiculares, las luces correctamente cubiertas están exentas de inspección.
Cubiertas opacas superpuestas DENALI mantienen su motocicleta legal para circular por carretera en los estados que exigen cubrir la iluminación instalada posteriormente en las vías públicas. Cuando llegue a los senderos, retire las cubiertas de sus luces DENALI D7 y póngase en marcha. La resistente construcción de silicona de las cubiertas superpuestas protege contra piedras y otros residuos, lo que proporciona una vida útil aún más larga a sus luces DENALI.
Leyes por estado de EE. UU.
Si no está seguro de las normas y regulaciones locales, hemos recopilado una lista de las regulaciones de iluminación de cada uno de los 50 estados de Estados Unidos. Somos expertos en iluminación, no expertos legales. Si tiene preguntas o inquietudes sobre las leyes locales, consulte a las autoridades locales o a un abogado.
Alabama: Vehículos motorizados y tráfico, § 32-5A-115
Alaska: Artículo 2: equipos de iluminación
Arizona: Título 28, artículo 16
Arkansas: Título 27 del código
California: Capítulo 2
Colorado: Título 42
Connecticut: Preguntas frecuentes del DMV
Delaware: Título 21
Florida: Capítulo 316
Georgia: Título 40
Hawái: Capítulo 261
Idaho: Capítulo 9
Illinois: Capítulo 95
Indiana: Título 9
Iowa: Capítulo 321
Kansas: Artículo 17
Kentucky: Capítulo 189
Luisiana: Título 32
Maine: Capítulo 17
Maryland: Título 22
Massachusetts: Sección 16
Míchigan: Capítulo 257
Minnesota: Capítulo 169
Misisipi: Título 63
Misuri: Capítulo 307
Montana: Capítulo 9
Nebraska: Capítulo 60
Nevada: Capítulo 484D
Nuevo Hampshire: Capítulo 266
Nueva Jersey: Título 39
Nuevo México: Capítulo 66
Nueva York: Sección 375
Carolina del Norte: Capítulo 20
Dakota del Norte: Capítulo 39
Ohio: Capítulo 4513
Oklahoma: Capítulo 12
Oregón: Capítulo 815
Pensilvania: Código 173
Rhode Island: Capítulo 24
Carolina del Sur: Título 56
Dakota del Sur: Capítulo 32
Tennessee: Capítulo 378
Texas: Capítulo 547
Utah: Capítulo 6
Vermont: Capítulo 13
Virginia: Título 23
Washington: Capítulo 46.37
West Virginia: Capítulo 17C
Wisconsin: Capítulo 347
Wyoming: Título 31
